Renta y patrimonio 2023
Del 10 de abril al 28 de junio
Tienes tres formas de presentar la declaración
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Digital
Web y appConsulta el borrador de renta y presenta la declaración desde nuestra web o desde la aplicación móvil
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Teléfono
94 608 3000Consulta la información sobre el borrador de renta y presenta la declaración por teléfono
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Presencial
Oficinas Hacienda y GertuFinalizado el plazo de presentación en las oficinas de Hacienda y Gertu
PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE FORMA DIGITAL
PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE FORMA DIGITAL
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Ágil, sin esperas, cuando y donde quieras.
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El borrador es accesible desde cualquier dispositivo o cualquier ordenador con acceso a internet.
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Necesitarás un medio de identificación electrónico. Si no tienes, te facilitamos uno, la clave Bak.
Puedes consultar y revisar el borrador de renta y, si lo necesitas, completarlo, y después presentar la declaración.
PRESENTAR LA DECLARACIÓN POR TELÉFONO
PRESENTAR LA DECLARACIÓN POR TELÉFONO
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Personal especializado te atenderá de lunes a viernes de 8:30 a 19:00.
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Atención personalizada.
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Necesitas confirmar tu identidad. Para ello, puedes utilizar el código de activación de Bak (incluido en la carta de Renta23) o el código que te facilitaremos si ya tienes Bak.
Por teléfono puedes conocer información detallada y el resultado del borrador de renta. Si lo necesitas, puedes modificarlo y después hacer la presentación. 94 608 3000
Más información sobre presentar la declaración por teléfono→
ATENCIÓN PRESENCIAL
ATENCIÓN PRESENCIAL
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Atención e información personalizada.
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Horario: de lunes a viernes de 8:30 a 13:30.
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Es necesario solicitar cita previa.
Teléfono cita previa: 94 612 5500
Información de interés
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Si el resultado de la declaración es a devolver (a tu favor), el importe se ingresará en tu cuenta bancaria en siete días tras la presentación.
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Si el resultado es a ingresar (a favor de hacienda) puedes domiciliar el pago y no te lo cobraremos hasta julio.
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Recuerda que para poder hacer la declaración conjunta con tu cónyuge o pareja de hecho necesitarás su clave de representación.
¿Cómo puedo acceder al borrador de renta?
Para consultar el borrador de la declaración en el canal digital necesitas un medio de identificación electrónico. El medio más sencillo es Bak. Elige entre las opciones que hay a continuación y te damos más detalles sobre como identificarte, según tu caso.
Diferentes opciones según tu caso:
Ya he utilizado Bak antes
Si ya has utilizado Bak anteriormente para presentar la declaración o para otros trámites, puedes volver a utilizar Bak para identificarte. Recuerda que Bak se compone de tu DNI o NIE y una contraseña elegida por ti.
No recuerdo la contraseña de Bak
Si ya activaste Bak pero no recuerdas la contraseña, puedes solicitar una nueva contraseña. Te enviaremos la nueva contraseña, por SMS al número de teléfono que indicaste cuando activaste Bak o en un correo electrónico, si tenemos tu dirección de correo.
No tengo Bak, pero sí el código de activación (en la carta de Renta23)
Si recibes el código de activación de Bak en la carta de Renta23 quiere decir que no tienes Bak.
Puedes activarla fácilmente.
Necesitarás tu teléfono móvil, el código de activación Bak de la carta de la renta y tener cerca el DNI o NIE porque te preguntaremos por su fecha de validez.
No tengo un código de activación
Si no has recibido la carta de Renta23 con el código de activación o lo has perdido, puedes solicitar un nuevo código de activación de Bak.
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Por teléfono: 94 608 30 00
Te lo enviaremos por carta a tu domicilio en un plazo entre 2 y 3 días.
Otros medios de identificación digital
Consulta los medios de identificación que puedes utilizar para acceder al borrador.
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¿Tengo obligación de presentar la declaración de renta?
Hay personas que están obligadas a presentar declaración de renta y otras que no lo están.
Recuerda: aunque recibas la carta de renta y tengas un borrador de renta, puede que no tengas obligación de presentar.
En la carta de renta te informaremos sobre si tienes obligación de presentar, de cuál es la mejor opción de tributación (individual o conjunta) y del resultado provisional de tu borrador.
Consulta las preguntas frecuentes para saber si tienes obligación de presentar declaración de renta.
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¿Puede otra persona presentar la declaración de renta en mi nombre?
Sí, otra persona puede actuar en tu nombre con la clave de representación que te enviaremos en la carta de renta.
La clave de representación permite que otra persona pueda actuar en tu nombre en los trámites de Renta y Patrimonio de 2023.
Otra persona puede acceder al borrador de renta, modificarlo y hacer la presentación en tu nombre.
¿Tienes dudas? Aquí tienes las más frecuentes
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¿Qué persona está obligada a presentar declaración de renta?
En general, NO tienen que presentar aquellas personas que hayan percibido en el año 2023:
- Rendimientos brutos del trabajo de 14.000 euros o menos al año.
- Rendimientos brutos del trabajo de entre 14.000,01 y 20.000 euros al año, EXCEPTO en los casos siguientes, que SÍ tienen que presentarla:
- Cuando se ha tenido más de un pagador de rendimientos del trabajo y la suma de cantidades del segundo y resto de pagadores es mayor de 2.000 euros al año.
- Cuando se ha tenido más de un contrato de trabajo en el año a declarar.
- Si ha recibido pensiones compensatorias o anualidades por alimentos.
- Si ha incumplido condiciones, plazos o circunstancias al tener derecho a algún beneficio fiscal (exención, bonificación, reducción o deducción) y debe comunicarlo a Hacienda.
- Si está en alguno de los supuestos que fija el Reglamento de IRPF (artículos 73bis y 73ter).
- Rendimientos brutos del capital y ganancias patrimoniales (que sumen en total menos de 1.600 euros al año).
Esta información tiene carácter divulgativo y está adaptada a lectura fácil. Por ello es meramente informativa y carece de efectos vinculantes.
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¿Cuándo presentar la declaración de la Renta 2023?
El plazo de presentación es del 10 de abril al 28 de junio.
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¿Cómo puedo hacer la declaración de la Renta 2023?
Tienes tres opciones para presentar la declaración:
- De forma digital, desde nuestra web o desde la aplicación móvil. Puedes consultar y revisar el borrador y, si lo necesitas, completarlo, y después presentar tu declaración.
- Por teléfono. Llamando al 94 608 3000 puedes conocer información detallada y el resultado del borrador de renta. Si lo necesitas, puedes completarlo, y después hacer la presentación.
- De forma presencial en nuestras oficinas. Puedes presentar tu declaración en las doce oficinas de Hacienda y Gertu. Es necesario solicitar cita previa, en el teléfono 94 406 6600 o por internet. Ten en cuenta que las declaraciones complejas no se pueden realizar de forma presencial. Te informaremos cuando solicites cita previa.
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¿En qué casos puedo pedir cita para presentar la declaración de renta de forma presencial?
Con carácter general, se ofrecerá asistencia presencial en la presentación de la declaración a los y las contribuyentes que, independientemente de su importe, hubieran percibido exclusivamente cualquiera de los siguientes tipos de renta:
- Rendimientos de trabajo.
- Rendimientos de productos de ahorro, salvo aquellos supuestos en los que los rendimientos deriven de valores extranjeros.
- Rendimientos derivados de arrendamientos, con un límite de dos arrendamientos, y salvo rentas derivadas de arrendamientos turísticos.
- Rendimientos de actividades económicas agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras (excepto que existan ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos afectados a la actividad), en la modalidad simplificada del método de estimación directa.
- Rendimientos de actividades económicas derivados de cursos o conferencias, siempre y cuando no se realicen imputaciones de gastos.
- Transmisiones de inmuebles, salvo aquellos adquiridos por herencia o donación, así como disoluciones de sociedades de gananciales o ceses de proindiviso con excesos de adjudicación.
- Transmisiones de fondos de inversión.
- Transmisiones de acciones, con un límite de 5 operaciones y siempre que el importe global de ventas en el ejercicio no supere los 10.000 euros. Quedan excluidas las operaciones con criptomonedas, warrants, futuros y contratos por diferencias. En caso de que existan partidas pendientes de compensación de ejercicios anteriores, sólo se prestará asistencia cuando dichas partidas consten en los datos de la Hacienda de Bizkaia.
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¿Qué contiene la carta de Renta23?
La carta contiene información importante sobre el borrador de renta y las claves que puedes necesitar para realizar tus gestiones de Renta y Patrimonio 2023, así como información sobre cómo presentar la declaración.
La carta tiene al menos dos hojas: Declaración y Representación.
Si además recibes una tercera hoja, la hoja Bak, que contiene el código de activación, quiere decir que no has activado Bak.
Si no recibes la hoja Bak es porque ya tienes Bak o BakQ activada y, por tanto, no necesitas código de activación.
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¿Qué es Bak?
Bak es un medio de identificación electrónica de nivel básico formado por:
- Un número de referencia coincidente con el DNI/NIE de la persona usuaria.
- Una contraseña.
Es un sistema gratuito que se activa por internet.
Para activarla necesitas tu teléfono móvil, el código de activación Bak de la carta de renta y tener cerca el DNI o NIE porque te preguntaremos por su fecha de validez.
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¿Qué es la clave de representación?
La clave de representación permite que otra persona actúe en tu nombre en los trámites de Renta y Patrimonio 2023.
Utilizando tu clave de representación otra persona (familiar, gestoría, asesoría...) puede:
- Acceder al borrador, modificarlo y presentar la declaración de renta.
- Presentar la declaración de Patrimonio.
- Presentar la declaración del Impuesto Temporal de Solidaridad de Grandes Fortunas.
- Realizar cualquier trámite posterior.
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Presentación de la declaración, consultas fiscales, información general, resolución de dudas, asistencia para activar Bak, consultas sobre Bak.
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Escríbenos a través del formulario de atención ciudadana y te responderemos en el plazo más breve posible.