PREGUNTAS FRECUENTES
Preguntas frecuentes Diputación
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Días inhábiles para actos, trámites y recursos - Año 2025 Diputación
Los días declarados inhábiles mediante Resolución, de 18 de julio de 2024, del Gobierno Vasco y Decreto Foral 176/2024, de 4 de octubre, de la Diputada General, por el que se declaran los días inhábiles para cuantos actos, trámites y recursos deban llevarse a cabo o formularse en el ámbito de la Diputación Foral de Bizkaia durante 2025, son los siguientes:
- 1 de enero, Año Nuevo
- 6 de enero, Día de Reyes
- 17 de abril, Jueves Santo
- 18 de abril, Viernes Santo
- 21 de abril, Lunes de Pascua de Resurrección
- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo
- 25 de julio, Santiago Apóstol
- 31 de julio, San Ignacio de Loiola
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen
- 22 de agosto, Viernes de la Semana Grande de Bilbao
- 1 de noviembre, Día de Todos los Santos
- 6 de diciembre, Día de la Constitución
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción
- 24 de diciembre
- 25 de diciembre, Natividad del Señor
- 31 de diciembre
- Sábados y domingos de 2025
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¿Se puede visitar el Palacio Foral? Diputación
Sí, el palacio Foral puede ser visitado de lunes a sábado entre las 13:15 y las 16:30.
Las visitas tienen una duración de entre 45 y 60 minutos y deben ser concertadas telefónicamente (946.083.537, 673.000.238) o a través del buzón bisitak@bizkaia.eus.
Horario de atención: lunes a viernes de 10:00 a 14:00 y de 15:00 a 19:00.
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Días inhábiles para actos, trámites y recursos Diputación
Los días declarados inhábiles mediante Resolución, de 12 de septiembre de 2023, del Gobierno Vasco y Decreto Foral 234/2023, de 26 de octubre, de la Diputada General, por el que se declaran los días inhábiles para cuantos actos, trámites y recursos deban llevarse a cabo o formularse en el ámbito de la Diputación Foral de Bizkaia durante 2024, son los siguientes:
- 1 de enero, Año Nuevo
- 6 de enero, Día de Reyes
- 28 de marzo, Jueves Santo
- 29 de marzo, Viernes Santo
- 1 de abril, Lunes de Pascua de Resurrección.
- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo
- 25 de julio, Santiago Apóstol
- 31 de julio, San Ignacio de Loiola
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen
- 23 de agosto, Viernes de la Semana Grande de Bilbao
- 12 de octubre, Fiesta Nacional
- 1 de noviembre, Día de Todos los Santos
- 6 de diciembre, Día de la Constitución
- 25 de diciembre, Natividad del Señor
- Sábados y domingos de 2024
Preguntas frecuentes Bicicletas
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¿Cuándo es obligatorio llevar casco? Reglamentación
El uso del casco de protección (homologado y certificado según la legislación vigente) es obligatorio siempre para ciclistas y ocupantes de bicicletas y ciclos en vías interurbanas y travesías (considerando, eso sí, algunas excepciones como cuando se ascienden rampas prolongadas, razones médicas que habrán de acreditarse o en condiciones extremas de calor). Los conductores de bicicletas en competición, y los ciclistas profesionales, ya sea durante los entrenamientos o en competición, se regirán por sus propias normas.
En vías urbanas el uso del casco es solo obligatorio (y siempre) para personas menores de dieciséis años. Una obligación que alcanza todo tipo de recinto o circunstancia (porque también lo es para parques y bicis con ruedines).
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¿Pueden dos ciclistas circular en paralelo en carretera? Movilidad interurbana
Quienes circulen en bicicleta por carretera están autorizados a hacerlo en posición paralela, en columna de a dos, atendiendo a las circunstancias de la vía o a la peligrosidad del tráfico, orillándose, eso sí, todo lo posible al extremo derecho de la vía.
El art. 54 del Reglamento General de Circulación autoriza la circulación en grupo de los ciclistas, pero ir en grupo no significa ir en pelotón. Así los ciclistas circularán por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente para cada uno de estos y, si no lo fuera, utilizarán la parte imprescindible de la calzada.
Eso sí, en las autovías (donde está permitida su circulación salvo que expresamente se indique lo contrario) solo podrán circular por el arcén, sin invadir la calzada en ningún caso. Y en los descensos prolongados con curvas, cuando razones de seguridad lo permitan, los conductores de bicicletas podrán abandonar el arcén y circular por la parte derecha de la calzada que necesiten.
Por último, señalar también que en tramos sin visibilidad o cuando lleguen a formar aglomeraciones de tráfico, deberán colocarse en hilera (uno detrás de otro) para favorecer los adelantamientos.
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¿Cómo tiene regulada la prioridad de paso la bicicleta respecto al vehículo a motor? Vías ciclistas
Como viene recogido en el art. 23.5 de la Ley de Tráfico, quienes conducen una bicicleta tienen prioridad de paso respecto a los vehículos a motor:
- Cuando circulen por un carril-bici, paso para ciclistas o arcén debidamente autorizado para uso exclusivo de quienes andan en bicicleta.
- Cuando para entrar en otra vía el vehículo a motor gire a derecha o izquierda, en los supuestos permitidos, existiendo una persona ciclista en sus proximidades.
- Cuando las bicicletas circulen en grupo, serán considerados como una única unidad móvil a los efectos de prioridad de paso. Así, cuando la primera bicicleta del grupo haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta, al resto de unidades que conforman el grupo se le aplicarán las preferencias que le sean reconocidas a esa primera bicicleta. A este respecto, en circulación urbana se estará a lo dispuesto por la ordenanza municipal correspondiente si se optara por otro criterio.
En los demás casos, son aplicables las normas generales sobre prioridad de paso entre vehículos recogidas en la propia Ley de Tráfico. Entre estas se encuentra también la prohibición (aunque se goce de prioridad de paso) de penetrar con cualquier vehículo en una intersección o en un paso para peatones o ciclistas si la situación de circulación es tal que, previsiblemente, pueda quedar el vehículo detenido de forma que impida u obstruya la circulación transversal.
Infringir las disposiciones de la Ley en materia de prioridad de paso se consideran infracciones graves, cuando no sean constitutivas de delito.
Preguntas frecuentes Geobizkaia
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¿Tengo dudas sobre cómo utilizar los datos, a quién puedo recurrir? Geobizkaia
Cada conjunto de datos tiene unos metadatos que aportan información importante para utilizar los datos, entre ellos el contacto del responsable de los datos, al que podrá dirigir sus dudas.
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¿Cómo puedo acceder a los datos? Geobizkaia
Para el acceso a los datos geográficos, normalmente es necesario utilizar herramientas especialidades, llamadas sistemas de información geográfica. A través de estas herramientas, es posible acceder a los datos principalmente de dos formas: conectándose a los datos a través de servicios OGC o descargándose los datos.
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¿Los datos tienen coste? Geobizkaia
Puede descargar y conectarse a los datos sin ningún coste por parte de la DFB. Esto no incluye el acceso a internet o el uso de herramientas, donde terceros podrán repercutirle un coste sus servicios.
Preguntas frecuentes Servicios sociales
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¿Cómo se calcula el precio público en una residencia permanente para personas con discapacidad? Estancias permanentes
Se calcula en función de tus ingresos o renta y el coste de la plaza. A título orientativo, la plaza en una residencia con atención diurna nunca va a costar más de 45,61 euros por día en 2025.
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¿Cuánto cuesta la estancia en un centro de día? Centros de día
El coste teórico máximo de las plazas de centro de día para el año 2025 y 2026:
- Para las plazas psicogeriátricas y de dependencia física con transporte:
- Del 01/01/2025 al 30/09/2025: 82,64 euros/día (con IVA 4 %).
- Del 01/10/2025 al 31/12/2026: 84,74 euros/día (con IVA 4 %).
- Para las plazas psicogeriátricas y de dependencia física sin transporte:
- Del 01/01/2025 al 30/09/2025: 68,22 euros/día (con IVA 4 %).
- Del 01/10/2025 al 31/12/2026: 69,95 euros/día (con IVA 4 %).
- Para las plazas psicogeriátricas y de dependencia física con transporte:
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¿Cuánto cuesta la estancia en una residencia de la red foral? Residencias permanentes
Para el cálculo del precio público se tendrá en cuenta la pensión y la situación económico-patrimonial de los dos últimos años previos a la solicitud del servicio, tanto de la persona solicitante, como de las personas integrantes de la unidad de convivencia. En 2025, el precio público diario máximo es de 99,17 euros hasta el 30 de septiembre y 101,69 a partir del 1 de octubre.
Preguntas frecuentes Contratación pública
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¿Qué necesito para poder presentar una oferta electrónica? Contratación pública
Utilizar un certificado electrónico admitido por la Diputación Foral de Bizkaia, que podrá ser certificado de persona jurídica o bien de persona física si se trata de una persona empresaria o quien ostenta la representación o persona apoderada de la persona ofertante.
Acceder al perfil del contratante, a la oferta que se quiere licitar, y seguir las instrucciones para la presentación electrónica de ofertas.
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¿Cómo se presentan las ofertas electrónicamente? Contratación pública
Las ofertas se presentan desde un formulario web directamente desde el navegador. Desde el perfil del contratante, en cada una de las licitaciones encontrará una dirección web de licitación electrónica, que le permite acceder al formulario de una "Solicitud" de oferta que contiene toda la información necesaria para preparar y enviar la oferta. No es necesario elaborar la oferta en un único acto. La plataforma permite la elaboración parcial de las ofertas almacenando su contenido cifrado mediante contraseña hasta su envío definitivo.
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¿Qué sucede cuando en una empresa no es válida la firma de una única persona apoderada para realizar la presentación de ofertas, sino que tienen firma mancomunada y se requiere la firma de dos o más apoderadas? Contratación pública
El formulario de presentación de ofertas, con la que se realiza el registro y la presentación de la oferta permite incluir más de una persona apoderada, utilizando cada una de ellas su propio certificado. Obviamente, esas personas deben tener poderes para contratar.
Preguntas frecuentes Cultura
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¿Dónde puedo ver fotos del Udaleku? Udalekuak
Las fotos de las actividades realizadas en el Udaleku se podrán ver en esta misma página web en el apartado “Instalaciones”:
- Selecciona la instalación
- Selecciona el icono imagen de la cámara fotográfica del “Diario de estancias”
- Selecciona el turno correspondiente.
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Mi hijo o hija está enferma y, al final, no puede ir al udaleku. ¿Cómo doy aviso a la organización? Udalekuak
Llamando al teléfono 946 083 360 (en horario de atención al público) para avisar de manera urgente que no puede o quizás no pueda ir al udaleku.
Accediendo a su expediente en sede electrónica.En “Otras posibles actuaciones electrónicas”seleccione “Aportar documentación”Seleccione “Aportar documentación”. Explicar la situación.
Cuando sea definitivo que no vaya a acudir, además de explicar la situación,se realizará la “Renuncia”en “Otras posibles actuaciones electrónicas” para que la plaza pueda estar disponible para otra persona.
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¿Cómo se hace el sorteo? Udalekuak
Es un sorteo público que se realiza ante notario. Mediante este sorteo se asigna el orden para adjudicar, las plazas disponibles.Se usa un programa informático que adjudica las plazas siguiendo el orden del resultado del sorteo.
Preguntas frecuentes Catálogo de servicios
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¿Qué necesito para usar el Catálogo?
Para acceder al Catálogo es necesario alguno de los siguientes navegadores gratuitos:
- Internet Explorer, versión 11 o superior.
- Mozilla Firefox, versión 60 o superior.
- Google Chrome, versión 66 o superior.
- Microsoft Edge
- Safari, versión 11 o superior
Cualquier visualizador de archivos pdf (Adobe Reader versión XI, Foxit Reader, Free PDF Opener, Nitro PDF Reader, ...). Para las últimas versiones de Google Chrome y Mozilla Firefox no es necesario instalarlo dado que ya llevan un visualizador de PDFs integrado.
Otras configuraciones derivadas del uso de certificados electrónicos.
Además, en el caso de las ayudas/subvenciones que te derivan a Sede Electrónica, se requiere el uso de los sistemas de firma electrónica admitidos por la Diputación Foral de Bizkaia.
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¿Es posible descargarse el Catálogo en PDF?
Actualmente las fichas de las ayudas/subvenciones/servicios seleccionadas se pueden descargar de manera individual en formato PDF. A partir de la fecha 13/12/2018 será posible descargarse el Catálogo completo en formato PDF.
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¿Cuándo inicie cualquier tramitación a través del presente Catálogo recibiré algún resguardo?
Sí. El registro electrónico emitirá automáticamente un resguardo electrónico acreditativo del inicio del trámite. En dicho resguardo encontrará la siguiente información: número o código de registro de entrada y la fecha y hora de presentación, identidad de la persona remitente, procedimiento al que se refiere en su caso, denominación del asunto, la reproducción literal de los datos introducidos en el formulario de presentación y el código de verificación electrónica asignado al mismo, que permitirá acceder a la consulta, visualización e impresión de la copia electrónica del mismo.