Fiscalidad ambiental

Deducciones por inversiones ambientales

En el Impuesto sobre Sociedades se establecen una serie de deducciones por inversiones y gastos vinculados a proyectos que procuren el desarrollo sostenible, la conservación y mejora del medioambiente y el aprovechamiento mas eficiente de las fuentes de energía.

Las empresas podrán deducir de la cuota líquida un 15% del importe de las inversiones realizadas en activos fijos nuevos necesarios para la ejecución aplicada de proyectos, que tengan como objeto de mejora ambiental alguno o algunos de los que se indican seguidamente:

  • Minimización, reutilización y valorización de residuos.
  • Movilidad y transporte sostenible.
  • Regeneración medioambiental de espacios naturales .
  • Minimización del consumo de agua y su depuración.
  • Empleo de energías renovables y eficiencia energética.

A tal fin el Departamento de Medio Natural y Agricultura emitirá bien a solicitud voluntaria del interesado o a requerimiento del Departamento de Hacienda y Finanzas, un Certificado de Idoneidad Ambiental de la inversión realizada para poder acreditar que se cumplen o no los requisitos establecidos en la normativa reguladora de dicho impuesto para la aplicación de la deducción.

PROCEDIMIENTO

El procedimiento a seguir ante el Departamento de Medio Natural y Agricultura se establece en la normativa indicada. A efectos meramente informativos, se puede esquematizar como sigue:

  • Solicitud del Certificado de Idoneidad Ambiental, mediante la comunicación obligatoria de la inversión realizada respecto de la que se pretende aplicar la deducción, adjuntando la correspondiente documentación.
  • Resolución: en un plazo no superior a seis meses si la solicitud es voluntaria, e inferior a cinco meses si es a requerimiento de la Administración Tributaria.
  • Aportación por el contribuyente ante la Administración tributaria.

SOLICITUD DEL CERTIFICADO DE IDONEIDAD AMBIENTAL

URL Tramitación electrónica

Libertad de amortización

En el Impuesto sobre Sociedades se establece la posibilidad de que las empresas puedan amortizar libremente los elementos del inmovilizado material nuevos afectos directamente a la reducción y corrección del impacto contaminante de la actividad de la empresa.

A tal fin la empresa solicitará al Departamento de Hacienda y Finanzas la aplicación de la libertad de amortización dentro del período de construcción de los elementos patrimoniales o dentro de los tres meses siguientes a su afectación a las actividades referidas.

A continuación, el Departamento de Hacienda y Finanzas requerirá al Departamento de Medio Natural y Agricultura la emisión de un Informe en el que se dictamine que la inversión realizada contribuye a reducir y/o corregir el impacto contaminante de la actividad de la empresa.

PROCEDIMIENTO

El procedimiento a seguir se establece en la normativa indicada. A efectos meramente informativos, se puede esquematizar como sigue:

  • Solicitud de aplicación de la libertad de amortización ante el Departamento de Hacienda y Finanzas , adjuntando la siguiente documentación:
    1. Descripción de los elementos patrimoniales, actividad a la que se hallen afectos y su ubicación.
    2. Justificación de su afectación a la reducción y corrección del impacto contaminante de la actividad de la empresa.
    3. Precio de adquisición o coste de producción de los elementos patrimoniales.
    4. Fecha de afectación de los elementos patrimoniales a las actividades.
  • Requerimiento del Departamento de Hacienda y Finanzas al Departamento de Medio Natural y Agricultura para la emisión de un Informe que dictamine que la inversión realizada contribuye a reducir y/o corregir el impacto contaminante de la actividad de la empresa.
  • Aprobación de la libertad de amortización por parte del Departamento de Hacienda y Finanzas.

NORMATIVA

Impuesto Sobre Sociedades

Norma Foral 11/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto Sobre Sociedades.

Ver Norma Foral 11/2013

Reglamento del Impuesto sobre Sociedades

Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 203/2013, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.

Ver Decreto Foral 203/2013

Régimen de la Comunicación y del Certificado de Idoneidad Ambiental

Orden Foral 3512/2022, de 23 de mayo, de la diputada de Sostenibilidad y Medio Natural, sobre la regulación del régimen de la comunicación y del Certificado de Idoneidad Ambiental de las inversiones que procuren el desarrollo sostenible, la conservación y mejora del medio ambiente y el aprovechamiento más eficiente de fuentes de energía, a los efectos de la deducción prevista en el Impuesto sobre Sociedades.

Ver Orden Foral 3512/2022

Contacto

Podrán plantearse dudas o sugerencias en los siguientes teléfonos o direcciones de Laguntza y de Medio Ambiente: