El típico desayuno en familia. Acoge y construye una nueva historia de vida

Acogimiento familiar

El acogimiento familiar es una medida de protección necesaria, muy beneficiosa para los niños y niñas acogidas y que conlleva un compromiso de las familias. Su éxito depende de la implicación de todos sus protagonistas.

Esta página web te ayudará a entender qué papel juegan en el acogimiento familias, niños y niñas y profesionales, sus necesidades y dificultades, y te orientará en el proceso de acogida.

Qué implica...

Tipos de acogimiento

¿Para quienes?

Niños y niñas menores de 6 años, a la espera de que se decida qué medida de protección familiar le corresponde.

¿Cuánto tiempo?

6 meses máximo.

¿Para quienes?

  • Niños y niñas para quienes se prevé pueden volver a integrarse en su propia familia.
  • Niños y niñas, a la espera de una medida de protección más estable como el acogimiento permanente o la adopción.

¿Cuánto tiempo?

2 años máximo, salvo que el interés superior de la niña, del niño o adolescente aconseje la prórroga de la medida por la previsible e inmediata reintegración familiar, o la adopción de otra medida de protección definitiva.

¿Para quienes?

Niños y niñas que ya han pasado 2 años en acogimiento temporal y no pueden reintegrarse en su familia de origen.

¿Cuánto tiempo?

Se trata de un acogimiento estable con previsión de más dos años, pudiendo llegar a ser una medida definitiva.

¿Para quienes?

Niños y niñas con necesidades o situaciones especiales, en familias donde alguna de las personas que la componen tiene formación o experiencia específica para desarrollar esa labor.

Requisitos para...

Ser familia de acogida

  • Tener medios de vida estables y suficientes.
  • Tener un estado de salud físico y psíquico adecuado para garantizar una buena atención al niño o niña.
  • Acreditar que el matrimonio o pareja de hecho ha convivido de forma continuada como mínimo un año, antes de presentar la solicitud para acoger.
  • Contar con un entorno y vida familiar y social adecuada, estable y normalizada.
  • No tener en la actualidad en el núcleo familiar de acogida historias no superadas que supongan un riesgo para el niño o niña.
  • Ser flexibles ante las actitudes y adaptarse a las situaciones nuevas.
  • Comprender la dificultad que supone para el niño o niña su situación.
  • Respetar y aceptar la historia personal y familiar, identidad y cultura del niño o niña.
  • Aceptar y facilitar las relaciones entre el niño o niña y su familia de origen, sobre todo hermanas y hermanos. Respetar el régimen de visitas si lo hay.
  • Colaborar y comprometerse con la formación y seguimiento de la situación del niño o niña.
  • Compartir una actitud positiva sobre el acogimiento y la integración del niño o niña en la familia por parte de todas las personas que la componen.
  • Tener una motivación para el acogimiento en el que lo más importante sea el interés del niño o niña y la protección de sus derechos.
  • No tener antecedentes penales (quienes convivan en el núcleo familiar) que supongan un riesgo grave para el bienestar físico y desarrollo psíquico o emocional del niño o niña.

Responsabilidades para...

La familia de acogida

  • Cuidar y educar a la niña o niño en acogida y ofrecerle todo lo que necesita.
  • Protegerle en un hogar estable que cubra sus necesidades de afecto y seguridad.
  • Respetar a la familia de origen.
  • Cumplir con el régimen de visitas.
  • Colaborar con los profesionales en informar sobre la niña o niño y evolución del acogimiento y aceptar su propuesta de intervención.

Profesionales especializados que intervienen

  • Valorar la situación y evolución del niño o niña y tomar las decisiones adecuadas.
  • Supervisar, apoyar, orientar y ofrecer los recursos necesarios y disponibles al niño o niña y familias (de origen y acogida) durante todo el proceso de acogimiento.
  • Garantizar que las relaciones del niño o la niña con su familia de origen sean lo más adecuadas posibles y favorezcan su desarrollo y bienestar.
  • Informar periódicamente de la evolución del acogimiento familiar a la Fiscalía o Juzgado.

El proceso

Profesionales con experiencia acompañarán y apoyarán a los niños y niñas y sus familias de acogida durante todo el proceso. Estos profesionales y la persona encargada de coordinar cada caso informarán, formarán, supervisarán y evaluarán cada una de las fases del proceso.

El proceso

Profesionales con experiencia acompañarán y apoyarán a los niños y niñas y sus familias de acogida durante todo el proceso. Estos profesionales y la persona encargada de coordinar cada caso informarán, formarán, supervisarán y evaluarán cada una de las fases del proceso.

Información

¿Qué es?

Fase en la que las personas interesadas en acoger reciben una información inicial sobre qué es el acogimiento, el proceso e itinerario de acogida, las características de los niños y niñas y sus familias de origen.

¿En qué consiste?

Las personas interesadas deben inscribirse para asistir a una charla informativa sobre el acogimiento, impartida profesionales del programa.

  • Charlas Informativas

    En estas charlas se ofrecerá información básica sobre el proceso del acogimiento familiar, el papel de cada protagonista y las leyes que lo regulan.

    Lugar

    Se comunicará a las personas interesadas el lugar de la charla por teléfono o email.

    Fechas y horarios
    • 14 de enero 2025. 18:00 - 19:30, euskera/castellano
    • 25 de febrero 2025. 18:00 - 19:30, euskera/castellano
    • 25 de marzo 2025. 10:30 - 12:00, euskera/castellano
    • 29 de abril 2025. 18:00 - 19:30, euskera/castellano
    • 20 de mayo 2025. 18:00 - 19:30, euskera/castellano
    • 17 de junio 2025. 18:00 - 19:30, euskera/castellano
    • 16 de septiembre 2025. 18:00 - 19:30, euskera/castellano
    • 21 de octubre 2025. 10:30 - 12:00, euskera/castellano
    • 18 de noviembre 2025. 18:00 - 19:30, euskera/castellano
    • 16 de diciembre 2025. 18:00 - 19:30, euskera/castellano

    Es necesario confirmar asistencia en el teléfono 944 470 737 o en el e-mail acogimientofamiliar@bizkaia.eus

Formación

¿Qué es?

Fase de formación obligatoria, tras haber recibido la información inicial. Se profundiza en lo que supone el acogimiento para las familias interesadas, la realidad y dificultad del niño o niña y sus familias, las características del proceso de acogida y seguimiento profesional.

¿En qué consiste?

Las personas interesadas deben inscribirse en un programa formativo de 4 sesiones que se desarrollarán en grupo.

Solicitud de formación previa para el acogimiento familiar

Valoración

¿Qué es?

Fase en la que, como establece la normativa, es necesario valorar que las familias son adecuadas para acoger. La evaluación tiene en cuenta la motivación, capacidad y recursos de la familia para atender las necesidades del niño o niña.

¿En qué consiste?

Para realizar la valoración la familia de acogida debe rellenar la solicitud de ofrecimiento para el acogimiento familiar.

Profesionales encargados de la valoración:

  • realizan varias entrevistas (una de ellas, en el propio domicilio) con las personas que se ofrecen para acoger.
  • realizan un informe psicosocial que dan a conocer a la familia para recoger su opinión y posibles alegaciones.

Tras la valoración se emite una resolución que determina si la familia es adecuada para acoger o no.

Solicitud de ofrecimiento para el acogimiento familiar

Convivencia

¿Qué es?

Fase en la que el niño o niña y la familia de acogida van integrándose de forma progresiva en el proceso de convivencia. La familia de acogida asume las funciones de cuidado y protección del ejercicio de guarda que recoge la resolución y el contrato que se firma entre la familia y el Servicio de Infancia de la Diputación Foral de Bizkaia.

¿En qué consiste?

  • Una vez que la familia ha sido valorada como adecuada, pasa a formar parte de la bolsa de espera.
  • La familia recibe una propuesta de asignación de un niño o niña que se ajuste a la evaluación y condiciones de la familia.
  • Si la familia acepta la asignación, comienza un proceso supervisado previo a la convivencia, en el que el niño o niña se va acoplando a la familia para que la futura convivencia se inicie con las mayores garantías.
  • Firma del contrato con la Diputación Foral de Bizkaia. Recoge los derechos y obligaciones de la familia de acogida, así como los apoyos profesionales y económicos que el Servicio de Infancia les ofrece.
  • Durante todo el proceso de convivencia, la familia contará con el apoyo y disponibilidad de la persona coordinadora del caso y de profesionales que intervienen para responder a las necesidades que surjan; especialmente en el régimen de visitas establecido con la familia de origen.

Cierre

¿En qué casos puede cesar el acogimiento?

  • Cuando termina el plazo establecido para las acogidas urgentes y temporales.
  • Cuando lo decide el Servicio de Infancia o una sentencia judicial, en función del interés superior del niño o niña.
  • Cuando lo pide la familia de acogida.
  • Cuando la persona acogida cumple los 18 años.

El Servicio de Infancia apoya a las partes en el proceso de cese para ayudarles a facilitar la relación o comunicación cuando finaliza la convivencia.

¿En qué casos puede continuar la convivencia tras el cese cuando la persona acogida cumple los 18 años?

Cuando así lo quiere la persona joven y la familia de acogida.

Si las personas interesadas lo solicitan, el Servicio de Infancia (aunque no exista obligación legal) puede seguir apoyando esa convivencia.

Experiencias

Colegio de Psicología de Bizkaia

Colegio de Trabajo Social de Bizkaia

Contacto

acogimientofamiliar@bizkaia.eus

944 470 737

Horario de invierno: de lunes a viernes de 8:30h a 19:00h

Horario de verano (julio y agosto): de lunes a viernes de 8:30h a 14:30h